Qué es el Tratado de Alta Mar y por qué era necesario
Más del 60% del océano corresponde a aguas de alta mar, es decir, aquellas que se encuentran fuera de las zonas jurisdiccionales de los países ribereños. Hasta hace poco, estos espacios quedaban en una especie de vacío regulatorio en comparación con las aguas bajo soberanía nacional, que sí llevaban décadas reguladas por el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, firmado en Montego Bay en 1982. La falta de normas específicas para las aguas situadas más allá de las 200 millas de las costas favorecía la sobreexplotación de recursos, la degradación de ecosistemas y la ausencia de mecanismos claros de responsabilidad.
En este contexto surge el Tratado sobre la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina fuera de las Jurisdicciones Nacionales, conocido como Tratado de Alta Mar o tratado BBNJ por sus siglas en inglés. Se trata del tercer acuerdo de aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y su objetivo central es proteger la biodiversidad y garantizar un uso sostenible de los recursos marinos en alta mar, donde hasta ahora el principio de “libertad de los mares” se imponía con escasos límites efectivos.
Contenido y objetivos principales del acuerdo
El Tratado de Alta Mar está compuesto por 76 artículos repartidos en 12 partes, lo que da cuenta de su complejidad y alcance. Su finalidad principal es mejorar la coordinación entre países y establecer un enfoque integral para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad en alta mar. Esto implica asegurar que la explotación de los recursos marinos no provoque una reducción presente o futura de las especies animales y vegetales, ni comprometa la resiliencia de los ecosistemas frente al cambio climático y otros impactos.
Un elemento clave del tratado es la obligación de garantizar un reparto justo y equitativo de los beneficios derivados del uso de los recursos genéticos marinos. Estos recursos tienen un enorme potencial en ámbitos como la biotecnología, la farmacología o la alimentación. El acuerdo busca que los beneficios no queden concentrados en unos pocos países o empresas con alta capacidad tecnológica, sino que se compartan de manera equitativa, especialmente con los Estados en desarrollo. Además, el tratado impulsa la creación de áreas marinas protegidas en alta mar y el fortalecimiento de la cooperación científica internacional, aspectos esenciales para alcanzar los objetivos globales de conservación.
Ratificación, entrada en vigor y alcance geopolítico
Tras más de dos décadas de negociaciones, el Tratado de Alta Mar entró en vigor el 17 de enero de 2026, una vez alcanzado el número mínimo de ratificaciones necesario. Hasta la fecha, 81 países han ratificado el acuerdo e iniciado su incorporación a la legislación nacional. España se convirtió en febrero de 2025 en el primer país europeo en depositar su ratificación ante la sede de Naciones Unidas en Nueva York, y posteriormente se han sumado otros Estados de la Unión Europea, países de América Latina, África y pequeños Estados insulares especialmente vulnerables a la degradación oceánica, como Seychelles y Palaos. Incluso China ha respaldado el pacto, lo que refuerza su legitimidad internacional.
Sin embargo, el mapa de adhesión sigue siendo desigual. Algunos países influyentes, como Estados Unidos, Reino Unido o Rusia, lo han firmado pero aún no lo han ratificado. Esta situación condiciona el alcance real del acuerdo y plantea interrogantes sobre su eficacia en un escenario geopolítico fragmentado. Aun así, la puerta permanece abierta para que más Estados se adhieran y el éxito del tratado dependerá, en buena medida, de la voluntad política y la capacidad operativa de los órganos institucionales encargados de su aplicación.
Implicaciones para la pesca y el objetivo de proteger el 30% de los océanos
Uno de los ámbitos donde el tratado genera más debate es el sector pesquero. El artículo 10 del acuerdo aclara que no pretende invadir las competencias de otros organismos internacionales responsables de la gestión de las pesquerías y del reparto de cupos de pesca. Su foco se sitúa en cuestiones como el cambio climático, la acidificación de los océanos, la contaminación y la explotación tecnológica de los recursos genéticos marinos. No obstante, el carácter ambientalista del tratado despierta incertidumbres en algunas flotas y comunidades pesqueras, preocupadas por las posibles restricciones que puedan derivarse de nuevas áreas protegidas o de evaluaciones de impacto ambiental más estrictas.
El tratado permite establecer áreas marinas protegidas en alta mar y aspira a que estas formen una red conectada, condición esencial para conservar especies migratorias, grandes depredadores y ecosistemas de profundidad. Este enfoque se alinea con la meta global de proteger al menos el 30% de los océanos para 2030, el llamado objetivo 30×30. La realidad actual está muy lejos de esa cifra, ya que solo el 0,9% de las aguas de alta mar se encuentra completamente protegida. El Tratado de Alta Mar ofrece, por primera vez, un marco jurídico específico para avanzar hacia esa meta, aunque su efectividad dependerá de la coordinación entre instituciones, de la financiación disponible y de la vigilancia sobre el cumplimiento.
Dimensión jurídica y principios rectores de la gobernanza oceánica
Desde la perspectiva jurídica, el Tratado de Alta Mar no entra en conflicto con el Convenio del Derecho del Mar, sino que lo complementa en las áreas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales. Se convierte así en el primer conjunto de normas con verdadera efectividad en alta mar, un espacio que hasta ahora se regía por principios generales y acuerdos dispersos. El tratado crea, además, un nuevo órgano de gobernanza: la Conferencia de las Partes, que actuará como foro especializado para su implementación, la adopción de decisiones y la revisión de su cumplimiento.
El texto incorpora una lista de principios que deben guiar su aplicación. Entre ellos destacan el principio de “quien contamina, paga”, que obliga a los agentes responsables de la contaminación a asumir los costes ambientales y económicos de sus actividades, y el de distribución justa y equitativa de los beneficios, que busca evitar la apropiación exclusiva de los recursos y conocimientos derivados de la biodiversidad marina. Estos principios conectan la protección ambiental con la justicia social y económica, elementos cada vez más presentes en la agenda internacional de sostenibilidad.
Formación especializada para una gestión sostenible de los océanos
La complejidad científica, jurídica y política del Tratado de Alta Mar muestra hasta qué punto la gestión de los océanos exige profesionales con una visión integral de la sostenibilidad. Comprender los impactos del cambio climático en los mares, evaluar los riesgos de nuevas tecnologías de explotación, diseñar áreas marinas protegidas eficaces y garantizar un reparto justo de los beneficios requiere una combinación de conocimientos ambientales, legales, económicos y de gobernanza. En este sentido, programas académicos como la Maestría en Gestión y Auditorías Ambientales promovida por FUNIBER ofrecen una base sólida para formar especialistas capaces de participar en la implementación de acuerdos internacionales, desarrollar políticas de conservación marina y liderar auditorías ambientales en sectores clave como la pesca, el transporte marítimo o la industria biotecnológica, contribuyendo así a una gobernanza oceánica más responsable y sostenible.
Fuente del texto: Elaboración propia a partir de “Tratado de Alta Mar: una noticia esperanzadora para la salud de los océanos”, publicado en The Conversation.
